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Acuerdo del Diálogo Social en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

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Sección:

A. Administración General de la Comunidad de Castilla y León

Organismo que lo promueve:

Tipo de programa:

Otro

Descripción:

Este acuerdo quiere potenciar no sólo la conciliación, sino también avanzar en la corresponsabilidad entendido como el necesario reparto equilibrado de tareas domésticas y cuidados, entre todas las personas que forman parte del hogar: pareja, hijos, hijas u otros familiares que permita a las personas disponer por igual de tiempos y oportunidades para el trabajo, la formación y la promoción personal, con lo que también se contribuye a la reducción de la brecha laboral entre hombres y mujeres.

Las empresas, entidades u organizaciones que incorporan medidas de igualdad y conciliación en la gestión de sus recursos humanos, son las que tienen más capacidad de adaptación a situaciones de crisis y mejores posibilidades de éxito empresarial.

Con el acuerdo que se suscribe se mejoran programas ayudas y subvenciones existentes y se impulsan otras nuevas vinculadas a esta finalidad. Cabe hacer especial referencia a:

  • La mejora de los servicios de atención a menores como el programa conciliamos que extiende su duración a periodo de carnavales y sábados o el programa crecemos que ampliará el número de Centros para menores de cero a tres años en el medio rural con precios asequibles y criterios homogéneos.
  • La creación de una línea específica, en el marco del programa IOEmpresas, destinada al fomento de medidas de flexibilización y racionalización de horarios en las empresas.
  • Subvenciones al fomento del ejercicio de los derechos de reducción de jornada laboral y excedencia para el cuidado de hijos, hijas o menores a su cargo.
  • O la ampliación de las funciones de los agentes de igualdad a la promoción de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y a promover su actuación en la reducción de la brecha salarial.
  • Asimismo, el Acuerdo recoge mejoras en las deducciones fiscales por nacimiento, paternidad o cuidado de menores en escuelas, centros y guarderías infantiles que apoyan la finalidad de este acuerdo de promover la natalidad y la conciliación.


 

Ámbito de aplicación:

Autonómico